Cuánto es el SMI 2026
El Salario Mínimo Interprofesional para 2026 quedó fijado en 1.221€ brutos al mes en 14 pagas, lo que equivale a 17.094€ brutos anuales. Supone una subida del 3,1% respecto al año anterior y se aplicó con carácter retroactivo desde el 1 de enero.
Ojo con un detalle que confunde a mucha gente: la referencia legal son 14 pagas. Si tu convenio prorratea las pagas extra, cobrarás en 12 mensualidades de unos 1.424,50€ brutos. Parece más, pero el total del año es idéntico: 17.094€. Lo desarrollamos en la guía de 12 o 14 pagas.
Del bruto al neto: qué te descuentan
A quien cobra el SMI se le practican los dos descuentos habituales de cualquier nómina, aunque ambos son pequeños:
- Seguridad Social (~6,48%): unos 1.108€ al año, unos 92€ mensuales. Cubre contingencias comunes, desempleo, formación profesional y el MEI. Este descuento no se recupera: es lo que te da derecho a paro, bajas y pensión.
- Retención de IRPF (~2,6%): unos 437€ al año, en el entorno de 30-40€ al mes. Y aquí está la parte interesante, porque este dinero sí vuelve.
El resultado son unos 15.549€ netos anuales, es decir 1.111€ al mes repartidos en 14 pagas (o unos 1.296€ si cobras en 12).
«El SMI no paga IRPF»: verdad a medias
Habrás leído mil veces que el salario mínimo está exento de IRPF. La realidad es más sutil, y conviene entenderla porque afecta a tu bolsillo mes a mes.
El SMI no está declarado exento. Lo que existe es una deducción por obtención de rendimientos del trabajo de 590,89€ para rentas de hasta 17.094€, que en la práctica anula la cuota del impuesto. Es decir: en cómputo anual el trabajador del SMI acaba sin pagar IRPF.
Pero la empresa está obligada a calcular la retención con las reglas generales, así que te retiene igual cada mes. Ese dinero no se pierde: se recupera al presentar la declaración de la Renta del año siguiente, normalmente en forma de devolución.
La consecuencia práctica es importante: si cobras el SMI y no presentas la Renta porque «no estás obligado», estás regalando a Hacienda unos 400-500€ que son tuyos. Merece la pena presentarla aunque no sea obligatorio.
El SMI con hijos a cargo: sin retención
Si tienes hijos menores de 25 años a tu cargo, el mínimo por descendientes eleva tu umbral y la retención de IRPF desaparece directamente en la nómina. No hay que esperar a la Renta:
| Situación | Retención IRPF | Neto/mes (14 pagas) | Neto anual |
|---|---|---|---|
| Soltero sin hijos | ~437€/año | 1.111€ | 15.549€ |
| Con 1 hijo a cargo | 0€ | 1.142€ | 15.986€ |
| Con 2 hijos a cargo | 0€ | 1.142€ | 15.986€ |
* Con uno o más hijos la retención ya es cero, por lo que sumar más hijos no cambia el neto en nómina a este nivel salarial. Comprueba que tu empresa tiene tu Modelo 145 actualizado: si no lo sabe, te retiene de más.
SMI a tiempo parcial
El SMI se reduce en proporción a la jornada. Como estos importes quedan muy por debajo del umbral de retención, no soportan nada de IRPF:
| Jornada | Bruto anual | Bruto/mes (14 pagas) | Neto/mes estimado |
|---|---|---|---|
| Completa (100%) | 17.094€ | 1.221€ | 1.111€ |
| 75% | 12.821€ | 915,75€ | 856€ |
| Media jornada (50%) | 8.547€ | 610,50€ | 571€ |
* A tiempo parcial la retención de IRPF es cero, así que el único descuento es la Seguridad Social.
Del SMI hacia arriba: qué cambia
Una duda razonable si estás cerca del mínimo: ¿merece la pena subir de sueldo si «Hacienda se lo lleva»? La respuesta es que sí, siempre. Este es el recorrido:
| Bruto anual | IRPF anual | Tipo efectivo | Neto/mes (14 pagas) |
|---|---|---|---|
| 17.094€ (SMI) | 437€ | 2,6% | 1.111€ |
| 18.000€ | 995€ | 5,5% | 1.131€ |
| 20.000€ | 2.322€ | 11,6% | 1.170€ |
| 22.000€ | 2.781€ | 12,6% | 1.271€ |
| 25.000€ | 3.525€ | 14,1% | 1.418€ |
Como ves, el tipo efectivo sube de forma gradual: nunca cobrarás menos neto por ganar más bruto. Si quieres entender por qué, tienes el detalle en la guía de tramos del IRPF 2026.
Tres cosas que conviene saber si cobras el SMI
- Presenta la Renta aunque no estés obligado. Es la vía para recuperar la retención practicada durante el año. Con el SMI, en la mayoría de casos sale a devolver.
- El SMI es inembargable. La ley protege esta cuantía frente a embargos, salvo en el caso de pensiones de alimentos.
- Revisa tu convenio. El SMI es el suelo legal absoluto, pero muchos convenios sectoriales fijan salarios mínimos superiores para tu categoría. Si tu convenio dice más, manda el convenio.